Gobierno de Río Negro ratificó acuerdo para mejorar investigación en narcocriminalidad

 

El gobierno de Río Negro ratificó en todos sus términos el convenio marco de colaboración, firmado el 20 de abril de este año entre la Secretaría de Narcocriminalidad, dependiente de la Secretaría de Seguridad Justicia de Río Negro y el Ministerio Público. Entre los objetivos se busca establecer un ámbito de cooperación entre las partes, en el que asumen el compromiso de desarrollar en forma conjunta acciones tendientes a potenciar y perfeccionar la investigación criminal en materia de narcocriminalidad y delitos conexos de índole provincial.

También, lograr una mayor eficiencia en el desarrollo de funciones propias de la Secretaría y del Ministerio Público del Poder Judicial rionegrino.

Esta es parte de la documentación oficial.

MARCO DE COLABORACIÓN. Entre la SECRETARÍA DE NARCOCRIMINALIDAD DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO, representada en este acto por el Secretario Sr. JERONIMO SAN PEDRO, con domicilio en calle San Martín N° 333, de la ciudad de Viedma, en adelante denominada LA SECRETARÍA, por una parte y el MINISTERIO PÚBLICO DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO, en este acto representado por el Sr. Procurador General Dr. JORGE CRESPO, con domicilio en Laprida N° 144, de la ciudad de Viedma, en adelante denominado EL MP, por la otra.

Que en función de lo expuesto, las partes acuerdan en celebrar el presente convenio que se regirá por las siguientes cláusulas:

CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETIVO.

El presente CONVENIO tiene por objeto establecer un marco de cooperación entre “LAS PARTES”, en el que asumen el compromiso de desarrollar en forma conjunta acciones tendientes a potenciar y perfeccionar la investigación criminal en materia de Narcocriminalidad y Delitos conexos de índole provincial, a los fines de lograr una mayor eficiencia en el desarrollo de la funciones propias de LA SECRETARÍA; y del MINISTERIO PÚBLICO, con la necesidad de compartir toda la información pública de las bases de datos que posean las partes y que contribuyan o puedan contribuir a futuro en la lucha contra la Narcocriminalidad y Delitos conexos de competencia provincial, LAS PARTES acuerdan posibilitar el acceso mutuo a los datos con los que cuentan.

CLÁUSULA SEGUNDA.- CAPACITACIÓN E INTERVENCIÓN CONJUNTA.

Las partes asumen el compromiso de desarrollar las siguientes actividades:

  1. Programas de capacitación para la investigación de la Narcocriminalidad y sus delitos vinculados para el personal de las fuerzas de seguridad y funsionarios/as del Ministerio Público relacionados con la problemática.
  2. Talleres o mesas de trabajo para abordar aspectos centrales de las mencionadas figuras, como así también con fines de actualización, destinados a las fuerzas preventoras y funcionarios/as del Ministerio Público relacionados con la problemática;
  3. Reuniones periódicas para el seguimiento de casos relevantes;
  4. Mecanismos de comunicación que permitan un flujo eficaz y oportuno de la información relacionada a estos tipos de criminalidad organizada.

CLÁUSULA TERCERA.- UNIDAD CONJUNTA DE ANÁLISIS CRIMINAL. El MINISTERIO PÚBLICO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO y la SECRETARÍA DE NARCOCRIMINALIDAD se comprometen a desarrollar e implementar una UNIDAD CONJUNTA DE ANÁLISIS CRIMINAL, cuyos objetivos principales se focalicen en:

  1. a) lograr una mayor eficiencia en la implementación del plan de persecución e investigación criminal de los delitos conexos a la narco criminalidad, que establezca el Ministerio Público para la Provincia de Río Negro, el cual deberá contemplar el intercambio de información criminal entre las partes;
  2. b) elaborar un cuadro de medición de categorías e indicadores sobre el funcionamiento de los distintos mercados estructurados en torno al fenómeno de la Narcocrirninalidad y Delitos conexos de competencia provincial en la Provincia de Río Negro.

CLÁUSULA CUARTA.- “LAS PARTES” se comprometen a elaborar, en el marco de la normativa vigente, una guía o protocolos comunes de procedimiento operativo unificados de las tareas que se realicen conjuntamente de modo tal de. garantizar la eficacia probatoria de las investigaciones judiciales que se tramiten.

CLÁUSULA QUINTA.- OTRAS ACTIVIDADES. CONVENIOS ESPECÍFICOS.

Las actividades que “LAS PARTES” decidan llevar adelante, por fuera de lo aquí previsto, se instrumentarán mediante Convenios Específicos, que se anexarán al presente CONVENIO MARCO y establecerán el objeto, los plazos y demás elementos de implementación que correspondan.

CLÁUSULA SEXTA.- DEBER DE CONFIDENCIALIDAD.

“LAS PARTES” se comprometen a resguardar la confidencialidad de la información criminal a la que tengan acceso. Asimismo, se comprometen a guardar el más estricto secreto de las tareas efectuadas y de la información recibida en el marco de las actividades y proyectos desarrollados a través del presente CONVENIO, cuyo deber de confidencialidad se extiende a todos los empleados y funcionarios intervinientes.

CLÁUSULA SÉPTIMA.- El presente CONVENIO no genera compromiso oneroso particular y/o extraordinario alguno, entrará en vigencia a partir de la fecha de la firma de “LAS PARTES” y será válido por DOS (2 años), con renovación automática por igual periodo, salvo que de mutuo acuerdo, “LAS PARTES” decidan rescindir el mismo. En caso de rescisión unilateral, la misma deberá ser notificada a “LAS PARTES” con NOVENTA (90) días de anticipación.

CLAUSULA OCTAVA.- “LAS PARTES” constituyen sus respectivos domicilios legales en las direcciones indicadas precedentemente en el encabezado del presente CONVENIO, Ios que se considerarán válidos en tanto no se informe de manera fehaciente su modificación.

CLÁUSULA NOVENA.- Toda cuestión que se suscitare y no estuviera expresamente contemplada en el presente CONVENIO será resuelta de común acuerdo entre “LAS PARTES”, conforme las pautas de cumplimiento del objeto previsto y la buena fe en la cooperación mutua establecida en el presente acuerdo. En prueba de conformidad del presente, se firman CUATRO (4) ejemplares de igual tenor a un solo efecto, en la Ciudad de Viedma a los 20 días del mes de Abril de 2021. Dr. Jorge Crespo, Procurador General del Ministerio Público de la Provincia de Río Negro. Sr. Jerónimo San Pedro, Secretario de la Secretaría de Narcocriminalidad de la Provincia de Río Negro.

 

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