Dos casos: Mató al padre y quedó imputado. Lo declararon culpable de atacar a un médico

 

El equipo fiscal de Villa Regina solicitó que un sujeto de 31 años fuera imputado por haberle provocado a su padre una herida mortal. Además, como medida cautelar, pidió la prisión preventiva por el plazo de cuatro meses.

Según la acusación fiscal, el hecho ocurrió el 13 de este mes, entre las 23:00 y las 23:33, en la vereda del domicilio en la que convivía el núcleo familiar, ubicado en el barrio Antártida de Villa Regina”.

“Allí el imputado previo mantener una discusión y golpear a su padre, le asestó una puñalada con un arma blanca punzo-cortante que ingresó por el hemitórax izquierdo, lesión que le ocasionó la muerte”, explicó la fiscal.

La calificación legal por la que quedó imputado el sujeto es la de “homicidio agravado por el vínculo”, según los artículos 80 inciso 1° y 45 del Código Penal.

Entre la evidencia recolectada hasta el momento de la acusación, la Fiscalía mencionó el acta de procedimiento policial de la Unidad 5ta, el certificado médico, entrevistas varias, el reporte preliminar del Gabinete de Criminalística, el informe del Cuerpo Médico Forense, entre otros.

La jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos en los términos esgrimidos por la fiscalía y como también el plazo de la prisión preventiva.

 

FUENTE: MINISTERIO PÚBLICO FISCAL / VILLA REGINA

Declaran culpable de tentativa de homicidio agravada al acusado del ataque al médico

Difundieron ayer el veredicto del Tribunal Colegiado que interviene en el debate por la tentativa de homicidio de la cual resultara víctima un médico que prestaba funciones en el hospital de Campo Grande. Las cámaras de seguridad fueron de vital importancia para la investigación.

A la hora de expresar su veredicto, el presidente del Tribunal señaló que todas las pruebas aportadas a este caso “son piezas de un rompecabezas que si se analizan de manera aislada no dicen nada, pero que si analizan en su conjunto permiten arribar a la conclusión a la que llegó el fiscal del caso y también este Tribunal”.

El magistrado hizo un pormenorizado análisis de la reconstrucción de la secuencia del hecho a través de la cámara de seguridad. No sólo tuvo en cuenta que el ataque fue filmado por una cámara ubicada en la puerta del hospital, sino que también otras ubicadas en distintos sectores de la ciudad permitieron captar el escape del acusado primero a pie y después abordo de un vehículo de su propiedad que lo levantó en la ruta 151, a dos cuadras y media del lugar del hecho.

Ese automóvil -que tenía como características particulares dos stickers y el mal funcionamiento en una de las luces traseras – fue captado ingresando minutos después del hecho a la localidad de Sargento Vidal (Alto Valle Oeste) y posteriormente fue secuestrado en el interior de la vivienda del imputado.

El juez señaló que el único conflicto que tuvo la víctima estuvo vinculado por el reclamo de familiares del acusado respecto de la atención brindada por el profesional de la salud respecto de un hombre mayor fallecido por patologías vinculadas por el Covid-19.

El juez y las juezas destacaron también el testimonio de una enfermera que había atendido tiempo atrás al imputado y tras ver el video en varias oportunidades logró reconocerlo por sus características físicas y por un tatuaje ubicado en su antebrazo. Agregaron que coincidían con el criterio del Ministerio Público referido a que los testigos de descargo de la defensa que mencionaron durante el juicio haber compartido una cena con el acusado la noche del ataque habían mentido.

Los integrantes del tribunal sostuvieron que los tres disparos fueron a quemarropa, a muy poca distancia y con la clara intención de quitarle la vida a la víctima. Respecto de la agravante, consideraron que si bien el ataque ocurrió de frente y no de espalda como indicó la Fiscalía, si existió un “acecho” en el cual el imputado esperó que llegara la ambulancia y que fue llevado a cabo por sorpresa, en cuestión de segundos, actuando el acusado sobre seguro e impidiendo de esta forma que el médico tenga cualquier tipo de posibilidad de defenderse.

En consecuencia, lo encontraron por unanimidad culpable del delito de homicidio en grado de tentativa calificada por ser cometida con alevosía. Las partes cuentan con cinco días para ofrecer las evidencias que consideren oportunas para la etapa de cesura en la cual se determinará el monto de la pena que será indefectiblemente de cumplimiento efectivo. Se recuerda que el acusado permanece detenido en carácter de prisión preventiva desde el momento en el que se le formularon cargos.

 

FUENTE: MINISTERIO PÚBLICO FISCAL / CAMPO GRANDE

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