Viedma: Ordenan a banco no descontar préstamo por estafa. Cinco Saltos: Una víctima jubilada

 

Un vecino viedmense fue estafado por un sujeto que, telefónicamente, se presentó como integrante de YPF. Mediante engaños, lo condujo a un cajero, se apropió de su clave y luego sacó un préstamo por casi 250 mil pesos y le robó el dinero. De esta manera, quedó con una deuda mensual que redujo su haber a solo 5.000 pesos, causándole graves trastornos.

Un fallo del Juzgado Civil N°3 dictó una medida autosatisfactiva para que el banco no le descuente el préstamo hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

El hecho ocurrió en febrero de este año, cuando la esposa del damnificado recibió un llamado telefónico de una persona que manifestó ser representante de la empresa petrolera, quien le comunicó que había salido sorteada en un concurso televisado por Crónica TV y ganado el tercer premio de 150 mil pesos más un Smart TV de 55”.

Le explicó que para poder cobrar la suma de dinero debía contar con una caja de ahorro y acercarse a un cajero automático para llevar a cabo un “Clearing” que consistía en una serie de pasos muy sencillos que le iría explicando. Refirió en la denuncia que en todo tiempo el interlocutor le repetía que no debía revelar ningún dato confidencial ni clave, que no le pedirían suma alguna, toda vez que se trataba de un premio.

Sin percatarse del engaño se acercó a un cajero con su tarjeta y siguió las instrucciones del interlocutor quien le instruyó que ingrese la tarjeta al cajero y coloque la clave habitual, una vez allí que vaya a “otras operaciones”/ “gestión de claves”/ “Homebanking banca móvil”/ “Obtener clave”, ingresar una serie de números que le dictó / “confirmar”.

Aseveró que la operación emitió un ticket que debió enviarle por imagen y que finalizada la operación, el interlocutor le comunicó que sólo se habían podido transferir la suma de $75.000 y que para que pudiera cobrar el premio era necesario que se acredite su totalidad, preguntándole si no disponía de otra cuenta para transferir el resto. Por lo que su hermana le prestó la suya y fueron juntas al Banco Nación, donde posee caja de ahorro sueldo, donde realizó la misma operatoria que la descripta.

Por la noche, advirtiendo que el dinero del supuesto premio no se acreditaba en la cuenta, se acercó al cajero junto a su esposa para verificar el estado de los movimientos y visualizaron que tenían generado un préstamo de $244.700 y dos transferencias de $122.000 y $120.000 respectivamente, a destinatarios desconocidos.

Debido a los descuentos mensuales por el crédito, solo percibe 5.000 pesos de sus haberes, lo que sumió a su familia en una situación de indigencia, sobreviviendo estos dos meses con deudas y ayudas de allegados.

En su demanda el damnificado expresó que solicitó el “Stop debit”, pero no fue acatada por el banco. Explicó que el tiempo que insume la investigación penal y las eventuales acciones civiles o del consumidor y los descuentos realizados por el banco, y el correcto balance de los derechos en juego justifican la medida de protección anticipada que pidió.

Inicialmente, la resolución explica el carácter jurídico de la medida solicitada. Dice que en este caso se tuvieron por satisfechos los requisitos de verosimilitud y peligro en la demora. Recuerda que el artículo 230 CPCC concibe una finalidad instrumental ambivalente pues sirve a la eficacia de la sentencia final procurando que en el tránsito hacia ella se mantenga la situación, si de su modificación se siguiera el peligro de daño.

“En el afán de evitar un daño mayor observo razonable y procedente la medida solicitada, por lo que de conformidad con lo establecido en el art. 230 y cc del CPCC, resuelvo ordenar al Banco Patagonia S.A. la suspensión inmediata de los descuentos” y la prohibición de “cobrar por cualquier medio compulsivo” o inclusión en cualquier padrón de morosos “durante la tramitación de la acción civil de daños y perjuicios que dice entablará contra la entidad bancaria”, expresa el juez.

Además, expresó que resulta pertinente desde esta perspectiva precautoria, disponer que ostente efectos retroactivos”, por lo que el banco deberá devolver las cuotas descontadas.

Fuente: Comunicación Judicial RN

Cinco Saltos: medida cautelar a favor de una jubilada que sufrió una estafa bancaria

Una orden judicial le impidió a un banco de Cinco Saltos el descuento de la primera cuota de un préstamo que fue obtenido mediante engaños y que tuvo como víctima a una jubilada. Es la segunda medida cautelar que se dicta en la circunscripción por este tipo de delitos. En este caso, una persona se comunicó desde Córdoba con el hijo de la damnificada y le informó que le depositarían un premio por haber cargado combustible con Serviclub.

La medida tramitó en el Juzgado Civil N°1 de Cipolletti y como resultado se envió un oficio a la sucursal del Banco Patagonia en Cinco Saltos para que la entidad se abstuviera de descontar la cuota del préstamo que vencía en junio. La decisión alcanza a las restantes 17 cuotas.

El préstamo, tomado desde la caja de ahorros de la jubilada, es por la suma de 265.000 pesos. Según consignó su abogada en el expediente civil, el engaño comenzó con el llamado desde Córdoba al teléfono laboral del hijo de la damnificada. En ese momento le solicitaron una cuenta en el Banco Patagonia o Nación para depositarle un premio relacionado a las sucesivas cargas de combustible a través de la tarjeta Serviclub. El hombre, confiado por el ofrecimiento, le facilitó el CBU de su madre.

Cuando fueron a verificar si le habían depositado el premio advirtieron que no tenía dinero en la cuenta y que se habían realizado acreditaciones (por el monto del préstamo), trasferencias y hasta pago de servicios.

La víctima, al momento de solicitar la medida cautelar, consignó que además está llevando adelante un juicio para pedir la anulación de préstamo. Ese proceso actualmente se encuentra en etapa de mediación.

El mes pasado, el mismo juzgado dictó otra medida cautelar similar con el caso de una jubilada de Cipolletti a quién le sacaron el dinero de un préstamo por 420 mil pesos.

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

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