Policía, golpeada en disturbios, perdió dientes. Operario apagó incendio y se hirió: indemnización

 

Una mujer policía recibió un golpe en la boca mientras trataba de controlar disturbios en San Antonio Oeste, por lo que sufrió la fractura de una pieza dentaria y luxación de otra. La agente de seguridad provincial era en ese momento cabo primero y concurrió al lugar como parte del personal policial de prevención.

Luego del golpe debieron extraerle las piezas y realizarle implantes. Tras el tratamiento, la comisión médica determinó que padecía de una incapacidad determinada y la ART le abonó un monto de dinero en concepto de indemnización.

Sin embargo, la trabajadora consideró que estaba mal calculada e inició la demanda. Inicialmente se trasladó a Horizonte, que no contestó. Por lo tanto, se dispuso abrir el período de prueba. La aseguradora tampoco se presentó a la audiencia de partes.

“La demanda no ha sido contestada en término, lo que permite considerar veraces los hechos formulados en la demanda, en la medida que no resulten absurdos o alejados de la realidad lógicamente aceptable”, dice el fallo.

“Ello no implica que el sentenciante no deba evaluar las aseveraciones formuladas, teniendo presente en especial los principios de prueba establecidos para el derecho laboral. Lo cierto es que los hechos relatados en la demanda resultan creíbles y se encuentra corroborados por la prueba producida”, agrega.

Los jueces laborales tuvieron por cierto “la existencia del siniestro y la incapacidad determinada administrativamente, así como también la responsabilidad de la demandada en los términos de la ley 24.557”.

La cuestión se centró entonces en la base del cálculo para la indemnización que dieron a la mujer policía. En este punto, el fallo concluye que “la aplicación del ingreso base a los fines del cálculo de la indemnización por accidente al que alude la norma en cuestión (Ley 24557), resulta notoriamente inferior a la remuneración que la trabajadora accidentada percibía”.

De esta manera, la Cámara Laboral de Viedma condenó a Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales SA a abonar a la mujer policía una suma en concepto diferencias de indemnización por la incapacidad laboral.

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

Trabajador apagó un incendio, se lesionó y será indemnizado

Un trabajador de Cipolletti, que desempeñaba tareas en una empresa y estaba a cargo del mantenimiento de motores, intervino en un incendio que se desató en el predio. Buscó una acequia, un balde y cargó agua varias veces hasta sofocar las llamas. En el trayecto se cayó y quedó con secuelas en el codo. Recibirá más de 300 mil pesos en concepto de indemnización.

El caso del hombre de 41 años se resolvió en la Cámara Laboral de Cipolletti y su expediente tramitó durante el periodo de aislamiento social, preventivo y obligatorio (Aspo) por la pandemia del Covid-19.  De todas formas, como el servicio de justicia continuó, una de las audiencias se realizó en forma remota a través de videollamada. Luego los jueces dictaron la sentencia.

El episodio fue considerado como un accidente laboral ya que el trabajador, al advertir que se estaba produciendo un incendio en el predio de la empresa, buscó un balde y cargó agua varias veces desde una acequia hasta sofocar las llamas. En uno de esos trayectos, se cayó y se lesionó el codo.

La pericia médica analizó las lesiones y sugirió un porcentaje de incapacidad laboral del 13,11 por ciento. Los jueces admitieron esa cifra y practicaron el cálculo de la indemnización.

Tuvieron en cuenta no sólo el porcentaje de incapacidad, sino la edad del trabajador al momento del accidente y el salario percibido. La fórmula está disponible para la consulta pública en la página web institucional del Poder Judicial www.jusrionegro.gov.ar

La indemnización que percibirá el trabajador por parte de su ART es de 300.194,63 pesos.

 

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

 

Foto ilustrativa (archivo)

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