Río Negro: Arreglar caños por filtraciones en departamentos. Donó predio ¿Para qué?

 

Un hombre de Cinco Saltos, propietario de un departamento que está en el tercer piso de un edificio construido en 1980, fue condenado a ejecutar las obras necesarias para reparar y dar una solución a sus vecinas que se vieron perjudicas por las pérdidas de agua y de líquidos cloacales.

Las mujeres, que viven en el segundo piso en los departamentos 1B y 2B, iniciaron en conjunto una acción civil de daño temido que tramitó en el Juzgado Civil N°3 de Cipolletti.

Aseguraron que por las constantes y permanentes pérdidas de agua del departamento del tercero B padecen severos daños en el cielorraso, mampostería en baño, cocina y comedor, deterioro en pintura, desprendimiento de las paredes, humedad, riesgos con la electricidad, aparición de hongos, bacterias y musgos.

Las propietarias probaron los daños a través de distintos especialistas, constataciones, inspecciones oculares y fotografías aportadas al expediente. También presentaron los presupuestos para llevar adelante las reparaciones. En uno de los inmuebles, el maestro mayor de obra contratado presupuestó 111.829 pesos y en el otro 50.068 pesos.

En otro informe, un arquitecto concluyó que la causa de los daños fue una filtración de agua desde el nivel superior del edificio, la cual actuó en un período de tiempo relativamente prolongado.

Sobre la base de toda la prueba, el fallo hizo lugar a la denuncia por daño temido y condenó al propietario del 3B  a ejecutar todas las obras y reparar los inconvenientes.

 

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

 

Donó un predio para que construyeran edificio, la empresa no cumplió y tendrán que restituirle el inmueble

Una mujer de Cipolletti realizó una donación a una empresa constructora con el objetivo de que levantaran un edificio. A cambio, ella recibiría un departamento en el sexto piso y una cochera. Como la firma no cumplió con los plazos estipulados, la damnificada inició una demanda civil y ahora deberán restituirle el inmueble.

Según surge del expediente, el predio se encuentra ubicado en el centro de Cipolletti en inmediaciones de la calle Alem. Como el estado era de abandono su propietaria, mediante escritura, realizó una donación con cargo a favor de una firma constructora. La empresa tenía la obligación de levantar allí un edificio y, luego, transferirle un departamento de 72 metros cuadrados y una cochera. Para ello se impuso el plazo de dos años.

Sin embargo, el tiempo transcurrió y la firma no pudo terminar el proyecto. La mujer esperó cinco años para iniciar la demanda civil y obtener la restitución del inmueble.

La empresa alegó que se había visto atravesada por la crisis económica del país, que incluso tenia algunos de sus bienes inhibidos, y que por esa circunstancia no había podido concluir el edificio.

Las pericias arrojaron que el inmueble quedó construido en un 50 por ciento.

La persona que hizo la tasación describió que el inmueble se encuentra en una zona consolidada desde el punto de vista urbanístico, con acceso a todos los servicios y próxima a calle Alem, una de las arterias principales de la ciudad. Que está compuesto por siete plantas, que consta de un edificio en construcción, con toda la estructura cementicia construida, como así también las instalaciones de servicios, pero no se encuentra realizado el avance pertinente al cerramiento respectivo a las unidades funcionales que componen el mismo. Es además una zona asfaltada. Informa que la superficie total es de trescientos metros cuadrados y que la construcción cubierta relevada asciende a ochocientos noventa y seis metros cuadrados, aunque detalla que la construcción se encuentra avanzada en un cincuenta por ciento, sin departamentos terminados.

De las pruebas aportadas al expediente se concluyó que efectivamente existió un incumplimiento por parte de la empresa que había recibido el inmueble en donación. “Dicho incumplimiento, en el marco específico del contrato bajo análisis tiene como única consecuencia la revocación, que no es más que la restitución de la cosa dada en propiedad mediante un contrato de donación, al trasmitente – donante-. Se trata de un supuesto de dominio revocable ante la comprobación del incumplimiento del cargo -contraprestación- voluntariamente pactado”, dice la sentencia que es del Juzgado Civil N°9 de Cipolletti.

En función de esos argumentos el fallo ordenó la restitución del inmueble a la mujer que hizo la donación.

 

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

 

Foto archivo Río Negro

 

 

 

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