Mujer aceptó culpabilidad por presentar facturas adulteradas. Ya tiene condena por amenazas

En un procedimiento abreviado, una mujer reconoció haber presentado para el cobro en distintas oportunidades facturas adulteradas para que le sean abonados servicios de traslados a cargo de la obra social IPROSS. El caso fue encuadrado en el delito de uso de documento o certificado adulterado.

El fiscal jefe de Cipolletti, Gustavo Herrera, explicó que la acusación se suscitó en tres hechos ocurridos entre fines del año pasado y principios de este año.

El primero se realizó el 7 de diciembre de 2018, cuando la mujer presentó 10 facturas correspondientes al servicio de transporte de una niña menor, afiliada a la obra social, respecto de traslados entre su vivienda y la guardería y otros por recorridos entre la vivienda de la niña y un centro de salud ubicado fuera de la localidad. El total de las facturas era de $90.500. El 10 de diciembre, la acusada presentó dos facturas más por un monto de $115.000 por servicios similares.

Finalmente, el 4 de enero de este año, para completar la maniobra estafatoria, la imputada se hizo presente ante un Tribunal local y solicitó a través de un amparo que – por vía judicial – se proceda al pago del dinero según los montos presentados en las facturas mencionadas.

La liquidación de los pagos estaba siendo analizada por parte de los funcionarios de la obra social que sospecharon de la validez de las mismas. A partir de allí, la delegada de la obra social tomó contacto con el propietario de la empresa de transporte que figuraba como la que había realizado los viajes, quien informó que la firma a su cargo no había realizado esos servicios ni había expedido las facturas presentadas al cobro.

“Se tomó contacto con la imprenta en donde se adquirieron los talonarios presentados e incluso se realizó una pericia caligráfica a partir de la cual se determinó que las facturas no pertenecían a la firma de transporte que figuraba en el membrete”, explicó Herrera.

En este punto aclaró que no se imputaba a la mujer por el delito de la adulteración de las facturas, sino que se la imputaba por haber presentado al cobro esos documentos falsificados.

La mujer aceptó su culpabilidad en los hechos, por lo que se avanzó en un procedimiento mediante la modalidad abreviada. La querella en representación de la obra social estuvo de acuerdo con avanzar con dicha modalidad del juzgamiento.

Teniendo en cuenta la escala penal prevista para este tipo de delitos, la fiscalía propuso una pena unificada a tres años de prisión de cumplimiento condicional. El monto de la pena compone la condena por este hecho y se suma a una sentencia por amenazas recaída el 27 de mayo de este año en contra de la mujer por intimidar a personal de la obra social. Se aclara que la mujer al momento de cometer los hechos no contaba con antecedentes penales computables.

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