Río Negro debe indemnizar a padres de niña por accidente en la nieve. Fallo por casa en dos terrenos

La provincia de Río Negro deberá indemnizar a los padres de una menor con $515.360 en concepto de capital, con más los intereses que se devenguen desde la mora hasta su efectivo pago, por daños y perjuicios sufridos cuando realizaba prácticas de esquí escolar en el Cerro Catedral, actividad auspiciada por el Consejo Provincial de Educación.

En la ocasión, y mientras la menor hacía un descenso, se cayó e intentó pararse y como la fijación que sostiene al esquí no se soltó, se produjo la fractura de su rodilla derecha. Todo el equipo fue proveído por el Consejo de Educación.

“La nena debió usar una férula, tuvo su pierna inmovilizada, valiéndose de una silla de ruedas para desplazarse. En la demanda, se puso de relieve que los tratamientos, prácticas y dolores, cambiaron su vida y su realidad”.

El fallo se hace extensivo a Horizonte Compañía Argentina de Seguros y ocurrió en setiembre de 2013 en el Cerro Catedral. La indemnización contempla el daño patrimonial, moral y gastos ocasionados.

Según los informes periciales, la menor a partir de este episodio padece una incapacidad parcial y permanente del 20 por ciento que le impide realizar las actividades físicas que llevaba a cabo con anterioridad al accidente.

Construyó su casa en dos terrenos y no lo autorizaban a anotarla como vivienda familiar: la Justicia lo permitió

Una familia intentó inscribir una casa en el régimen de “Protección de la vivienda familiar” (antiguamente denominada bien de familia) pero el Registro de Propiedad Inmueble se lo negó porque estaba asentada sobre dos terrenos. La Cámara Civil de Viedma revocó la decisión y autorizó la inscripción, tomando un concepto amplio del resguardo de la vivienda.

El conflicto surgió porque una familia había adquirido dos terrenos contiguos en condominio, donde edificaron una única casa destinada a vivienda de ocupación permanente, en la ciudad de Choele Choel. Luego, quisieron inscribirla en el régimen de protección de la vivienda, pero el Registro de la Propiedad consideró que al tratarse de dos inmuebles distintos no correspondía.

Frente a esta situación, el vecino se presentó ante la Cámara de Apelaciones de Viedma, que entendió que más allá de tratarse formalmente de dos parcelas diferentes, sobre ellas se asienta una sola vivienda y es ésta la que debe ser resguardada.

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