“Los hijos pueden tener el apellido de la madre o del padre en el orden que elijan éstos”

“Tener nombre y apellido es un derecho y un deber para toda persona. El nuevo Código autoriza nombres aborígenes y extranjeros; sólo prohíbe los que sean extravagantes. Antes los hijos obligatoriamente tenían el apellido del padre en primer lugar; ahora pueden tener primero el de la madre o pueden tener los dos apellidos en el orden que los padres elijan”, dijo la jueza rionegrina de Familia Marcela Trillini

Agregó: “Si no logran ponerse de acuerdo se realiza un sorteo en el Registro Civil. El hijo cuando alcanza cierta madurez puede pedir que se le agregue el segundo apellido”.

Trillini explicó, a través de un comunicado difundido este jueves 24, los cambios en el régimen del nombre según el Código Civil y Comercial en un video realizado en el marco del convenio firmado entre el Superior Tribunal de Justicia y la emisora estatal Canal 10.

Destacó: “La reforma amplía el derecho a cambiar el propio nombre o apellido priorizando el valor de la identidad. Permite además incorporar el seudónimo al nombre, cuando este sea de uso público y habitual. El cambio se hace directamente ante el Registro Civil cuando la persona siente afectada su identidad de género o ha sido víctima de apropiación ilegal o supresión de identidad”.

El video está disponible en https://www.youtube.com/watch?v=55g3CDmgIlE&index=2&list=PLTX8vcRofbrnWWXqKy9q87EBYibM8xc4Z

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