Río Negro multó por $55.000.000 a empresa EdERSA por mala calidad del servicio eléctrico

 

En la primera semana del año comenzó la notificación a la distribuidora EdERSA de una serie de sanciones por “incumplimientos a la calidad de servicio eléctrico”.

La sanción establecida fue generada a causa de “las molestias ocasionadas a miles de usuarios que sufrieron problemas relacionados con el suministro eléctrico en distintos puntos de la provincia y fueron aplicadas a través de tres resoluciones del Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE)”, se informó oficialmente.

La multa asciende a $55.211.678 que corresponde al rubro calidad de servicio y contempla al período comprendido entre el 1 de septiembre de 2017 y el 31 de agosto de 2018, más un recálculo por “una serie de irregularidades y discrepancias en la información que EdERSA entregó al organismo regulador en un semestre anterior”.

El presidente del EPRE, Néstor Pérez, comentó que “en la primera facturación posterior a la notificación de estas resoluciones, los usuarios deberán ver reflejada una disminución en el costo de su facturas de electricidad, ya que en todos los casos, siempre las sanciones que aplica el ente regulador se traducen en descuentos en las facturas que pagan los rionegrinos”.

Si bien no se puede establecer un monto promedio de restitución a los usuarios, el funcionario señaló que “a nivel general se puede hablar de montos y cantidad de personas afectadas por localidad, porque lo tenemos bien determinado”. Citó la situación de Allen, donde en una de las resoluciones se comprobó que 1.749 usuarios padecieron problemas y se les devolverá a cada uno $542 en promedio en servicio eléctrico o el de Villa Regina, donde se afectó a 5.441 usuarios, que recibirán $686 en promedio a cada uno o el de El Bolsón, donde 9.522 usuarios tendrán un promedio de descuentos de $647.

El titular del ente regulador añadió que las sanciones se aplicaron por detectarse incumplimientos a los parámetros de calidad del servicio técnico, referidos a la frecuencia y duración de las interrupciones de los suministros. “Los análisis que hacemos en el EPRE son semestrales y, a partir de la documentación auditada, surge que miles de usuarios padecieron cortes superiores en cantidad y tiempo a los límites establecidos por el contrato de concesión”, justificó.

Pérez señaló también que “existen casos que son considerados como fuerza mayor y no se computan para los índices con los cuales establecemos las multas, pero los mismos deben estar debidamente acreditados con los informes de las autoridades oficialmente avaladas para hacer estudios y controles de fenómenos climáticos”.

En esas excepciones se consideran algunos casos relacionados con temperaturas mayores a 40°, menores de -10° y vientos superiores a 80 km/h para zonas rurales y 140 km/h para zonas urbanas. Aún así, deben ser acompañados por informes estadísticos de los últimos cinco años para contextualizar cada situación antes de ser avalada.

 

 

 

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