No van a la cárcel (pena en suspenso) cuatro ladrones colombianos por 12 hurtos en Bariloche

 

El juez de Juicio Marcos Burgos, de Bariloche, homologó acuerdo pleno de juicio abreviado y condenó a Angela Gabriela  Agudelo García,  Steven Spilver Chacón Sáenz, Jonathan Hernán Sáenz Enciso y Erika Johana Casallas Prada, todos mayores de edad y de nacionalidad colombiana, a la pena de tres años de prisión en suspenso.

Se los considera autores penalmente responsables del delito de 12  hurtos reiterados en concurso real, siendo los cuatro imputados responsables en calidad de coautores, en convergencia intencional y acuerdo de voluntades de  acuerdo a lo normado en los artículos 45 y 162 del Código Penal.

Oportunamente se formularon cargos a todos los imputados y en el día de la fecha se agregaron otros, los que totalizaron doce hechos realizados en convergencia intencional y acuerdo de voluntades, con características similares de procedimiento. Varios de ellos cometidos en la vía pública, otros en lugares donde se alojaban, otros utilizando dispositivos para eludir su accionar,(dispositivos para anular alarmas de automotores)  enviando por encomienda los elementos sustraídos etc. Todos los hechos y tal como lo prevé la normativa fueron detallados en la audiencia oral y pública realizada en horas del mediodía de hoy.

Además, la fiscal Alejandra Bartolomé en la audiencia de hoy agregó más hechos y luego de la descripción informó al juez de juicio el acuerdo al que se arribó con los defensores particulares de los imputados, los abogados Horacio Brucellaria y Jorge Olguín.

Todas las personas imputadas, presentes en la audiencia, reconocieron la autoría de los hechos que se les atribuyeron. Los letrados defensores manifestaron su conformidad con el acuerdo arribado con el Ministerio Público Fiscal.

El juez Burgos , homologó el acuerdo de juicio abreviado arribado por las partes, notificando a ambos hombres   que el incumplimiento de cualquiera de las pautas de conducta impuestas en esta audiencia,  revocará de inmediato el presente acuerdo.

Entre las pautas de conducta se han impuesto fijar domicilio y teléfono, presentarse a la mayor brevedad en la Dirección Nacional de Migraciones, comunicar esta sentencia al Registro Nacional de Reincidencia, a la Jefatura de Policía y a la Dirección Nacional de Migraciones y a la sede diplomática de Colombia en Argentina.

Las partes renunciaron a los plazos procesales y esta causa seguirá en trámite ante el Juzgado de Ejecución Penal, que controlará el cumplimiento de las pautas acordadas.

 

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