Juez ordenó a empresa de medicina prepaga dar cobertura integral para beba prematura

 

El juez barilochense en lo Civil Mariano Castro hizo lugar a la acción interpuesta por los padres de una beba cuyo nacimiento fue prematuro. El médico tratante recomendó su externación y se provea una serie de elementos, como oxígeno, saturómetro, mochila, los que permitirán estimulación y tratamiento.

Pero, han sido denegados por la empresa de medicina prepaga Galeno, indicó un parte de prensa judicial.

En consecuencia, el fallo condenó a la empresa a proveer inmediatamente las prestaciones requeridas y a la fecha no cumplidas, las que permitirán la externación de la niña y su posterior tratamiento integral, según lo prescriba el médico tratante y hasta tanto supere su condición actual derivada de su estado de prematura.

La sentencia menciona además el apercibimiento de fijar multa de $10.000 por día de retardo, remitir las actuaciones a sede penal y tomar todas las medidas que pudieran corresponder; sin necesidad de recurrir al procedimiento de ejecución de sentencias, atento la informalidad de la acción de amparo.

En la presentación del amparo se detalló que la niña se encuentra internada atento su condición de nacimiento prematuro. No obstante está en condiciones de ir a su casa con el tratamiento que ha indicado el neonatólogo, el que consiste en oxígeno, saturómetro, mochila y otros elementos mencionados en el resumen de su historia clínica.

“Además, necesita asistencia del médico y atención de enfermería. No recibieron respuesta adecuada por parte de Galeno al requerimiento. Detalla la presentación que la beba corre riesgo de contraer una infección intrahospitalaria y que existen tratamientos de estimulación que la negativa de la obra social no permite realizar, porque deben hacerse una vez externada la niña”.

 

 

 

 

 

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