Confirman condena contra chofer de colectivo que abusó de una pasajera discapacitada

 

En la madrugada del 27 de junio de 2013, un chofer de colectivo que circulaba por la zona rural de Guerrico (Alto Valle) abusó sexualmente de la única pasajera, que subió sin pagar después de exhibir certificado de discapacidad.

En el juicio, la víctima negó haber prestado cualquier tipo de consentimiento y el Tribunal valoró que apenas ella descendió del colectivo se dirigió al hospital de Allen, donde era paciente ambulatoria del área de Salud Mental.

Allí pasó la noche en un sector de espera, debido a que no había disponibilidad de camas para internación y a primera hora de la mañana siguiente regresó a su casa, le contó a su pareja lo sucedido e inmediatamente, sin cambiarse siquiera de ropa, se presentó a las 9.10 en la UFAP a realizar la correspondiente denuncia”. La prueba científica identificó luego al imputado con el material genético obtenido de las pruebas.

Ayer, se informó que el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmó la condena de seis años de prisión contra el chofer de colectivos.

En su momento, la Cámara Criminal Tercera de General Roca condenó en su al imputado como autor del delito de “abuso sexual con acceso carnal”, imponiéndole seis años de prisión y ordenando su detención preventiva. Contra esa decisión, el defensor particular interpuso un recurso de casación que ahora fue analizado y rechazado por el Superior Tribunal de Justicia.

La defensa cuestionó la condena alegando que tuvo “fundamento en un solo elemento de cargo, que es la declaración testimonial de la señora” y reprochó que se haya descartado la hipótesis de descargo sobre un supuesto consentimiento de la mujer.

En contra de esa opinión, el Tribunal señaló que además del testimonio coherente y completo de la mujer hay importantes indicios vinculados con la conducta que adoptó después del evento, esto es, la decisión de poner lo ocurrido en conocimiento de su pareja, mantener consigo la ropa íntima utilizada, no higienizarse, formular la denuncia y someterse a exámenes médicos que se saben revictimizantes, todo lo que encuentra vínculo lógico con el padecimiento de una situación abusiva. A eso se sumó que no existía ningún vínculo previo entre el acusado y la denunciante, por lo que no hay motivo para descreer de la víctima.

 

FOTO RÍO NEGRO

 

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