Autorizaron a empresa pesquera a capturar anchoítas y caballas solo por 20 días en Río Negro

 

La Subsecretaría de Pesca de Río Negro autorizó a la empresa RSC SA a realizar una prospección pesquera de especies pelágicas, en particular las especies anchoíta y caballa por el término de 20 días efectivos de pesca, a partir del 15 de este mes, mediante la utilización del buque pesquero “Padre Pío”, matrícula nacional N° 0282, en aguas marítimas de jurisdicción rionegrina.

La firma debe respetando las siguientes condiciones: La elección de la zona de pesca será libre y a cargo del patrón de la embarcación, deberá pescar con el arte de pesca denominado red de arrastre de media agua, no pudiendo portar otras artes.de pesca a bordo.

La red deberá contar con portones que le permitan operar en la columna de agua y no en las proximidades del fondo, a los efectos de evitar la captura de especies de fondo (bentónicas) o que se mantienen en relación con demersales.

Las operaciones de pesca solo estarán permitidas durante horas de iluminación solar, conforme los horarios de salida y puesta del sol publicados por el Servicio de Hidrografía Naval de la República Argentina para la ciudad más próxima.

Las capturas que no constituyan muestras científicas para el Centro de Investigación Aplicada y Transferencia Tecnológica en Recursos Marinos Almirante Storni (CIMAS), podrán comercializarse, autorizándose su traslado entero fuera de los límites provinciales.

Será condición para la realización de la prospección autorizada el embarque de un observador científico a bordo designado por el Centro de Investigación Aplicada y Transferencia Tecnológica en Recursos Marinos Almirante Storni (CIMAS).

La autorización oficial se efectuó a través de la resolución 044, emitida el 15 de este mes.

 

 

 

 

Por resolución SSP N° 17, del 20 de octubre de 2017 se autorizó a la firma Pesquera Caleta SA a realizar una prospección pesquera de

especies pelágicas, en particular las especies anchoíta y caballa por el término de 12 meses, utilizando una embarcación menor, con

restricciones de navegación que no le permiten alejarse más de 25 millas de puerto.

 

“La limitación de desplazamiento de la embarcación mencionada en el  impide que se exploren vastas zonas de las aguas marítimas de jurisdicción provincial, para lo que se requiere de una embarcación de otra categoría que no cuente con tales limitaciones. La prospección solicitada aportará a la actualización del conocimiento de estos recursos pesqueros, con miras a determinar su potencial

productivo para los próximos años”.

 

 

 

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