Juicios de hasta $30.000 van a Juzgados de Paz. Sierra Grande: Negociación entre vecinos

En cumplimiento de la actualización de valores de referencia que debe definir anualmente el Superior Tribunal de Justicia, a partir del 1° de octubre de este año todas las demandas judiciales del ámbito Civil y Comercial que no superen el valor de $30.000 deberán tramitar ante los Juzgados de Paz, que tienen a su cargo, entre otros temas, los llamados procesos de “menor cuantía”.

El monto tope de referencia era hasta ahora de $20.000 y fue actualizado y elevado por el STJ mediante la acordada 23/17, tal como lo disponen la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Código Procesal Civil y Comercial de la provincia.

En el mismo sentido, el STJ elevó a $15.000 el monto máximo para los juicios ejecutivos que tramitan ante los Juzgados de Paz. Las ejecuciones (por ejemplo de cheques o pagarés) por un valor superior deben tramitarse ante los correspondientes Juzgados Civiles de la provincia, previa instancia de mediación.

La acordada también actualizó el tope de las demandas para los “procesos sumarísimos” a la suma de 70.000, por lo que aquellos reclamos civiles y/o comerciales que superen ese valor deberán tramitar por los procesos sumarios u ordinarios que establece el Código Procesal Civil y Comercial.

La Ley Procesal también impone valores mínimos a las sentencias que resultan apelables en el fuero Civil, los cuales fueron elevados por el STJ a la suma de $15.000. Quedan exceptuados de estos límites las cuestiones de honorarios y de alimentos, tal como prevé el Código. Finalmente, como monto del depósito para interponer un “recurso de queja por casación denegada” se estableció la suma de $8.000.

Menor cuantía

Los procesos de menor cuantía son verdaderos juicios del ámbito Civil y Comercial que, por sus particulares características, tiene un trámite simplificado y gratuito ante cualquiera de los 49 Juzgados de Paz que funcionan en la provincia. Estas acciones de menor cuantía permiten a los ciudadanos resolver sus reclamos de hasta $30.000 de una manera más rápida, sencilla y sin salir de su localidad.

Estos procesos se inician ante el Juzgado de Paz con un formulario, que tiene el valor legal de una demanda, en el que se especifica el monto reclamado a la otra persona, empresa u organismo.

El procedimiento es gratuito para garantizar el acceso a la justicia. Además, es informal y respeta los principios de bilateralidad, igualdad, colaboración y derecho de defensa.

Por su especial naturaleza, la ley ha excluido del procedimiento de menor cuantía las acciones judiciales por sucesión, familia, laborales y desalojo.

Juzgado de Paz de Sierra Grande ofrece servicio de negociación voluntaria

Desde el año 2015 el Juzgado de Paz de Sierra Grande comenzó a trabajar en un proyecto sobre “negociación voluntaria” que hasta la actualidad ha arrojado resultados favorables en beneficios de los ciudadanos.

La jueza de Paz Daniela Adduci explicó que la negociación es un proceso mediante el cual las partes que tienen intereses comunes, intercambian información respecto de necesidades, obligaciones o responsabilidades con miras a lograr un acuerdo para sus relaciones futuras.

“Se ha logrado una modalidad de trabajo en la que los ciudadanos, generalmente por temas de Familia, se acercan voluntariamente al Juzgado con la intención de plasmar acuerdos sobre necesidades de los hijos que tienen en común, tales como Cuidado Personal, Régimen Comunicacional y Alimentos”, sostuvo Aducci.

La jueza de Paz explicó que se realizan únicamente en los casos en que existe buena comunicación entre los solicitantes, quienes se acercan con un bosquejo o diseño pre acordado sobre lo que necesitan plasmar, ya que de no ser así se los deriva a Casa de Justicia.

Aclaró que se trata de una “negociación voluntaria” y no de una mediación.

“La mediación para los casos de familia en nuestra provincia es obligatoria, previo a iniciar trámite judicial. En la localidad de Sierra Grande, la mayoría de los casos sobre temas de familia que ingresan a Casa de Justicia son abordados por el servicio de la Defensa Pública y en situaciones que entre las partes existan conflictos de comunicación e intereses”, sostuvo la abogada.

Por el contrario, los casos que se abordan en el Juzgado de Paz son temas en los que se advierte buena voluntad, diálogo fluido e intención de resolver una situación. Por eso se trata de una “negociación voluntaria”.

El trámite se inicia cuando las partes solicitan realizar acuerdos en un contexto de buena predisposición y comunicación, y en esos términos se les otorga fecha para una audiencia. Por lo general las partes son padre y madre (abuelos) que se presentan para acordar sobre plan de parentalidad, cuidado personal, régimen comunicacional y alimentos de los hijos que tienen en común.

“En la audiencia se los escucha, conversan, pero también se los ilustra y explica, a fin de brindarles información general tales como que los niños son sujetos de derechos, que los padres no ejercen más patria potestad sobre ellos, sino responsabilidad parental, que no acuerdan más sobre tenencia, sino sobre cuidado personal bajo las modalidades que el Código Civil y Comercial de la Nación desde su reforma ha implementado”, describió la titular del Juzgado de Paz.

Una vez que arriban al acuerdo se da intervención a la cefensora de Menores e Incapaces a fin de que preste conformidad sobre el mismo. Luego de los cual el acuerdo es homologado en el Juzgado de Paz con fuerza de sentencia conforme Ley K 2430.

Concluyó Aducci que se les brinda a los ciudadanos otra posibilidad sobre la base y fundamento del diálogo y buena comunicación entre los solicitantes. “Es otra manera de acceso a justicia”, afirmó.

 

 

 

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