No hay beneficio para imputados por robar petróleo. ¿El padre y el hijo, miembros de la banda?

 

La Cámara Criminal Tercera de General Roca rechazó el pedido de suspensión de juicio a prueba (probation) formulado por dos de los diez imputados en la causa que investiga el accionar de una presunta asociación ilícita dedicada a la sustracción y comercialización ilegal de petróleo en Roca.

Los defensores particulares Pablo Iribarren y Oscar Pineda, en representación de los imputados Enrique Miguel Olivetto y Edgardo Miguel Olivetto, habían solicitado la aplicación del instituto de la probation invocando la falta de antecedentes de ambos y la posibilidad de una eventual condena de ejecución condicional.

El primero de los imputados ofreció la suma de $10.000 y su hijo, $5.000 en concepto de reparación económica, “sin que ello implique confesión” de los delitos imputados, tal como establece el Código Penal en materia de probation.

A la propuesta se opusieron, en la audiencia realizada el 29 de noviembre, la fiscal de Cámara Graciela Echegaray y el abogado Juan Ignacio Scianca, representante de la empresa damnificada Oldelval SA como parte querellante.

En ambos casos, la fiscalía advirtió que si bien la pena mínima legal para los delitos que se les atribuyen es de tres años de prisión, lo que hace viable una condena condicional, no es previsible en este proceso puntual la eventual aplicación de esa pena mínima, debido a “la gravedad del hecho, la extensión del daño y las pautas de agravamiento” que correspondería aplicar en caso de ser declarados culpables en juicio.

Los jueces de la Cámara Criminal Tercera Verónica Rodríguez y Fernando Sánchez Freytes sostuvieron, en voto conjunto, que el dictamen negativo de la Fiscalía les resulta vinculante, pues “no resulta ilógico, ilegítimo ni infundado” y resolvieron “no hacer lugar al beneficio de suspensión de juicio a prueba”.

 

La decisión implica que los imputados deberán someterse a juicio oral y público común, tal como aceptaron en su oportunidad los demás implicados en la causa. La resolución, sin embargo, no se encuentra firme porque es apelable.

El caso

Los hechos que se investigan, según la requisitoria de elevación a juicio, habrían ocurrido en Roca en un lapso mínimo comprendido entre el 4 de junio y el 16 de agosto de 2012 en un puesto rural ubicado a seis kilómetros de la ciudad, por donde pasa un oleoducto de la empresa Oldelval, la cual transporta el petróleo mediante un sistema de ramales subterráneos a las refinerías.

Los imputados habrían conformado “una organización delictiva para sustraer, trasladar y comercializar” el crudo, efectuando una “pinchadura” en el oleoducto y derivando el petróleo a un piletón y de allí a los camiones. También se atribuye a algunos de los imputados haber organizado “el destino, distribución e inversión de las ganancias obtenidas” mediante la sustracción y comercialización del fluido.

En el proceso se investigan los presuntos delitos de “asociación ilícita”, “robo en despoblado y en banda”, “portación ilegal de arma de fuego de uso civil”, “tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil”, “tenencia ilegal de arma de fuego de guerra de uso civil condicionado” y “uso de documento privado falsificado”, distribuidos entre diez imputados con distinto grado de participación.

 

FOTO ARCHIVO ILUSTRATIVA- RIO NEGRO

 

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