Dos casos: Condenan a jefe policial por abuso y a otro sujeto por exhibiciones obscenas

 

El fiscal general y el defensor general de la provincia  de Rio Negro participaron en una audiencia de impugnación ante el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro. La instancia se desarrolló a partir de un recurso presentado por la defensa pública, que cuestionó la sentencia dictada contra un integrante de la Policía de Río Negro, condenado por abuso sexual en perjuicio de una subalterna.

El acusado había sido declarado responsable del delito de abuso sexual simple por un hecho ocurrido en 2020, cuando se desempeñaba como titular de la Subcomisaría 80 de San Carlos de Bariloche.

Según lo acreditado en el juicio y sostenido luego por el Tribunal de Impugnación, en el marco de sus funciones el subcomisario convocó a una sargento a su oficina. Cuando la víctima intentó retirarse, la arrinconó tomándola del brazo, trabó la puerta para impedirle salir y le dio un beso en contra de su voluntad, abusando de ella. Por estos hechos, fue condenado a tres años de prisión condicional y a la inhabilitación perpetua para el ejercicio de funciones vinculadas con la labor policial.

El defensor general, Ariel Alice, fue el primero en hacer uso de la palabra, cuestionando la teoría del caso sostenida por el Ministerio Público Fiscal. Argumentó, en este sentido, que el hecho “no se encontraba debidamente acreditado” y solicitó que se valorara un testimonio que consideraba, no había sido tenido en consideración por el tribunal de juicio.

Entre los agravios presentados, manifestó que existía animosidad por parte de la víctima hacia el imputado y sostuvo que no había sido acreditado el lugar exacto del hecho. Enfatizó además la postura del imputado, quien —dijo— se presentó inmediatamente en la fiscalía luego de la denuncia, poniendo su teléfono a disposición para que se verificara si en los mensajes efectivamente intercambiados con la víctima había algún tipo de hostigamiento. “No se acreditó el beso, ni el lugar, ni algún tipo de acoso. Todos refieren haber escuchado a la víctima hablar del beso. No aportan tampoco prueba independiente que dé cuenta de alguna situación de acoso en perjuicio de la mujer”, aseveró.

Finalmente, cuestionó el agravante referido a la inhabilitación especial perpetua impuesta en la sentencia, para luego solicitar al máximo tribunal provincial que declare nula la sentencia y que decrete la absolución, o bien disponga que el Tribunal de Impugnación, con otra integración, dicte un nuevo fallo.

En respuesta, el fiscal general, Fabricio Brogna, indicó que la defensa estaba introduciendo cuestiones novedosas que no habían sido planteadas con anterioridad en el proceso. Señaló que no encontraba, en las pruebas valoradas por el tribunal, ningún elemento que habilitara la crítica o que permitiera modificar las conclusiones alcanzadas en el juicio.

Recordó la prueba de cargo contra el imputado y numeró que éste había enviado fotografías de sus genitales a la víctima y que no existían mensajes de contexto que justificaran tal envío. Agregó que la profesional tratante de la mujer detectó, en el marco de la terapia, indicadores de estrés postraumático confirmados en juicio por la perita forense, a lo que se sumaron las declaraciones de las profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI).

“La víctima nunca se contradijo; el lugar donde aconteció el hecho fue sustentado en más de una prueba”, aseveró la fiscalía, recordando que existían testigos que reconocieron que el hombre la acosaba y la maltrataba. Destacó finalmente que la calificación legal y la inhabilitación ya habían sido tratadas y que la defensa nunca las había cuestionado. “Por ello entiendo que el recurso debe ser rechazado y la condena confirmada en todos sus términos”, concluyó.

Tanto la víctima como el imputado estuvieron presentes de manera virtual en la audiencia. La sentencia del Superior Tribunal de Justicia se conocerá el 22 de diciembre a las 12 horas.

Foto: Dos funcionarios judiciales a cargo de la audiencia

Reconoció haber realizado exhibiciones obscenas y fue condenado. Estará en su casa

Un sujeto acusado de haber realizado exhibiciones obscenas fue condenado a una pena de cumplimiento efectivo en su domicilio. Sólo tendrá permitidas las salidas para trabajar y realizar un tratamiento psicológico.

El viernes se realizó en los tribunales de Cipolletti un juicio abreviado contra un individuo, de 44 años, imputado por el delito de exhibiciones obscenas, siendo responsable a título de autor, de conformidad con los artículos 129 y 45 del Código Penal.

El hecho ocurrió en el año 2023 cuando fue denunciado por exhibir sus genitales a una persona, hija de un amigo.

Por este caso recibió la pena de 6 meses de prisión, que fue unificada a una pena anterior, sumando un total de 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo con modalidad domiciliaria.

La fiscal del caso explicó que se acordó la resolución en un juicio abreviado con el consentimiento de las partes y la admisión del hecho por parte del acusado.

“El imputado registra una condena del año 2022, sentenciado a una pena de 6 meses de prisión de ejecución en suspenso con la imposición de pautas de conductas por el término de dos años. Por lo tanto, la condena por este nuevo hecho no cabe otra posibilidad que el cumplimiento efectivo”, relató la representante de la parte acusadora.

El defensor oficial, a cargo de la asistencia técnica del imputado, adhirió a los hechos y la calificación legal propuesta por la fiscalía, como también a la pena propuesta.

El juez prestó conformidad y homologó el acuerdo, indicando que se aplicará un dispositivo de monitoreo que permitirá que el hombre se movilice sólo los días hábiles a su trabajo, y al tratamiento psicoterapéutico.

Fuentes: MINISTERIO PUBLICO / RIO NEGRO y MINISTERIO PÚBLICO FISCAL/ CIPOLLETTI

No fueron difundidas las identidades de los acusados

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