Casos: A obrero rural le pagaban sueldo en cuotas. Era empleado pero lo hicieron “socio”

 

Trabajó como tractorista en una chacra de Chimpay, Valle Medio, durante 29 años. Durante ese vínculo laboral, percibió el salario en cuotas. Los días de pago, la empresa entregaba recibos en blanco con la fecha y el detalle del monto entregado. Esto ocurría en una oficina de la chacra.

Un fallo de la Cámara Laboral de Roca condenó a la empresa a indemnizar al trabajador por incumplimiento salarial y despido injustificado. Además, ordenó la entrega de los certificados laborales correctamente firmados.

En la época de poda, el trabajo en la chacra se intensificaba, aunque la práctica irregular en la liquidación del sueldo se repetía durante todo el año. El recibo formal se entregaba después de firmar todos los papeles en blanco. El trabajador aceptó esa modalidad de pago para conservar el beneficio de la obra social.

El hombre inició una demanda por deudas salariales y falta de aportes previsionales. Presentó el reclamo ante la Delegación de Trabajo, pero la empresa incumplió el acuerdo. El trabajador se consideró despedido. La empresa, por su parte, denunció que el tractorista abandonó su puesto.

El tribunal analizó pruebas documentales, testimoniales y periciales. Dos ex compañeros del tractorista confirmaron la modalidad irregular de pagos en cuotas. Se acreditó la entrega de recibos sin reflejar la totalidad del salario abonado y se constató una situación de vulnerabilidad laboral.

El tribunal condenó a Italagro SA, según la identificó la Justicia de Río Negro, a abonar los conceptos de antigüedad, preaviso y sueldo anual complementario. También incluyó la integración por mes de despido, vacaciones no gozadas y una multa por la falta de certificaciones laborales.

Figuraba como socio, pero era empleado y fue despedido verbalmente: condenan a los socios de una carnicería

Comenzó a trabajar en una carnicería de Bariloche en agosto de 2019. Atendía al público, recibía media res, despachaba cortes y cumplía horario de lunes a sábados, en doble turno. Aunque fue incorporado formalmente como socio, no participaba de las decisiones ni firmaba documentación comercial. Recibía órdenes por parte de los responsables del local y cobraba un sueldo fijo en efectivo.

En febrero de 2022, tras una discusión, le comunicaron verbalmente que no debía volver al lugar de trabajo. Luego de varias intimaciones sin respuesta, se consideró despedido y presentó una demanda laboral. Una Cámara del Trabajo de Bariloche dio por acreditado que existió una relación de dependencia encubierta bajo apariencia societaria. Hizo lugar a la demanda y condenó a los socios de la firma SOCAR SS, según la identificó la Justicia de Río Negro, a responder solidariamente por los conceptos reclamados.

El hombre había sido incorporado con una participación del 2% en la sociedad simple que explotaba una carnicería, ubicada en calle Gallardo al 700. Además de la atención al público, se ocupaba del ingreso de mercadería, respondía a instrucciones y no tenía injerencia en la administración. Los socios mayoritarios fijaban precios, controlaban el flujo de caja y autorizaban pagos.

No percibió utilidades ni participó en balances. Su salario se entregaba mensualmente a través de otra empleada, quien anotaba las operaciones en un cuaderno y seguía indicaciones enviadas por whatsapp desde fuera del local.

La demanda incluyó reclamos por despido sin causa, diferencias salariales, entrega de certificados laborales, multas previstas en la legislación por falta de registración y una solicitud para que intervenga AFIP ante posibles irregularidades previsionales. La Cámara valoró declaraciones testimoniales, un peritaje informático y documentación que evidenció el funcionamiento informal del vínculo laboral.

El fallo ordenó el pago de indemnizaciones e intereses. También dispuso la entrega de los certificados de aportes y servicios dentro de los 30 días y notificó a AFIP para que actúe en el marco de sus competencias.

Fuente: Comunicación Social del Poder Judicial de Río Negro

Foto ilustrativa

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