Banco no descontará crédito obtenido por estafas. Cuota alimento: Embargo a cuenta de pagos

 

“Yo soy de La Plata”, dijo el operador telefónico al informar que habían ganado un importante premio. “¿Cómo está City Bell?”, le preguntó la víctima. “No conozco a nadie con ese nombre”, fue la respuesta que encendió las sospechas de la pareja viedmense.

Una señora fue engañada por estafadores que le informaron por teléfono que había ganado 220 mil pesos y un televisor led, la hicieron ir a una sucursal del banco en calle Gallardo, en Viedma, le pidieron la clave, sacaron un préstamo y le robaron el dinero. Un fallo judicial obligó a la entidad crediticia a dejar de cobrarle las cuotas y a devolverle las que ya les habían descontado.

Todo comenzó cuando la mujer recibió un llamado telefónico desde una línea de Buenos Aires. Le informaron que había ganado un premio y le pidieron chequear en una página web. Allí figuraban una serie de ganadores.

Siempre por teléfono, el hombre les dijo que debía acercarse a un cajero y darle el número del CBU para que le depositen el dinero del premio. Concurrió junto a su pareja a la sucursal del banco Patagonia de calle Gallardo, en Viedma.

Según relató la señora “a partir de allí todo se vuelve confuso”. Le pasan un número, le piden que genere un código de letras. Siempre en comunicación por teléfono, tanto con ella como con su esposo, el operador le pide que espere unos minutos para poder chequear que esté hecho el depósito del premio.

La sospecha del engaño

En la charla, el estafador les había contado que era de la ciudad de La Plata. Tras varios minutos esperando la transferencia, el esposo de la víctima le pregunta cómo estaba City Bell, cercana a la capital bonaerense. “No conozco a nadie con ese nombre”, contestó el operador.

Ya con sospechas, le pide a su esposa que cambie la clave del home banking, pero el interlocutor les advierte que si entraba a la cuenta, se bloquearía. Finalmente, constataron que habían sacado un préstamo por casi 170 mil pesos y se lo habían transferido a cuentas bancarias desconocidas.

La víctima relató que los hechos ocurrieron un domingo, por lo que llamaron a un 0800 del banco, pero nadie los atendió. Al otro día fueron personalmente a la sucursal, “en donde tomaron nota del reclamo, le manifestaron que pasarían todo al departamento de investigaciones y que en diez días tendría una respuesta”. Sin embargo, relataron que “ante el silencio del banco presentaron dos notas que no obtuvieron respuesta, hasta que finalmente remitió una carta documento”.

El fallo

Para la jueza, están “satisfechos los requisitos de verosimilitud y peligro en la demora” que requiere una medida cautelar de este tipo. Este instrumento procura que en el tránsito hacia la sentencia “se mantenga la situación de hecho o de derecho existente”.

De esta manera, dice el fallo, “en el afán de evitar un daño mayor observo razonable y procedente la medida solicitada, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 230 y cc del CPCC” le ordenó a la entidad crediticia “la suspensión inmediata de los descuentos que se le vengan efectuando en concepto de crédito otorgado” y además le prohibió al banco “cobrar por cualquier medio compulsivo”. Por último, también le imposibilitó informar al Veraz u otro sistema de deudores “durante la tramitación de la acción civil de daños y perjuicios”. Además, deberá devolverle las cuotas ya pagadas de los préstamos obtenidos por los estafadores.

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

 

Cuota alimentaria: padre se quedó sin trabajo y le embargaron dinero a cuenta de pagos futuros

 

Un hombre que trabajaba en una empresa multinacional de servicios petroleros fue objeto de un embargo luego que prosperara el reclamo judicial de la madre de sus hijos, en Cipolletti. El progenitor abonaba un 30 por ciento de su salario en concepto de cuota alimentaria. Pero acordó una desvinculación laboral y parte del dinero que tenía en su cuenta sueldo fue destinado a pagos futuros.

Ante la situación de incertidumbre, la madre de los niños promovió el proceso judicial en uno de los juzgados de Familia de Cipolletti. Ella conocía que el padre de los nenes había percibido una suma de dinero debido a la desvinculación laboral. Se trataba de una “gratificación especial por cese” que le había depositado la multinacional.

Como los progenitores no se pusieron de acuerdo respecto del futuro de la cuota y ante la nueva situación del padre que ya no tenía trabajo, la mujer pidió un embargo para asegurarse pagos futuros.

La demanda prosperó y al hombre le embargaron la suma de 206.121,67 pesos y de 200 dólares. Esa cifra alcanzaba para abonar cuotas hasta el próximo año con la expectativa de que en ese lapso el padre encontraría un nuevo trabajo.

Sin embargo, las dos partes presentaron recursos de apelación. La madre pretendía un embargo por una suma mayor y el hombre se quejó por el pago de costas.

La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia y respecto de las costas mantuvo el criterio jurisprudencial. Recordó que en los juicios de alimentos, si el reclamo progresa, las costas deben imponerse al alimentante obligado “a fin de no gravar con esa carga económica los importes de las cuotas alimentarias cuya obtención y reconocimiento ha sido -precisamente- el motivo del litigio”.

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

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