Valcheta: Allanaron casa de presunto pedófilo. Roca: 7/9: Prisión por abuso y muerte de una nena

El Ministerio Público Fiscal de Viedma requirió dos allanamientos a otras tantas viviendas de la ciudad de Valcheta. En uno de los domicilios viviría un sujeto, acusado de integrar un grupo de whatsaap que compartía imágenes y videos con contenido de explotación sexual infantil. La causa se sustancia en varias jurisdicciones del país ya que hay más de 20 sospechosos que integraban ese grupo.

El allanamiento se realizó ayer en Valcheta y arrojó resultado positivos, con el secuestro de gran cantidad de dispositivos electrónicos que serán peritados especialmente por la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones de la Procuración General. Trabajará en ello también la Dirección de Informática Forense.

Entre los elementos secuestrados se cuentan un CPU, un disco duro externo, gran cantidad de tarjetas de memoria, cds room y pen drives. Además, peritarán una tablet y una decena de celulares, muchos de ellos apagados y sin batería.

Para la investigación unificada de este tipo de casos, la provincia de Río Negro cuenta con un protocolo de investigación de ciberdelitos, creado por la Procuración General a la luz de un instrumento similar elaborado por el Ministerio de Seguridad de la Nación y que adhiere a la “Guía de buenas prácticas para obtener evidencia electrónica en el extranjero”.

El documento enfatiza en la función de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (Oitel), a cuyos integrantes les endilga la responsabilidad de ser los únicos que pueden examinar y analizar la evidencia digital recolectada en el marco de las investigaciones, buscando preservar en todas las ocasiones la prueba original. Dentro de este área se encuentra, además, el referente provincial que recibe las causas de explotación sexual infantil y las remite a las Fiscalías rionegrinas correspondientes para el inicio de las investigaciones.

Entre las pautas específicas de actuación, el protocolo impone reglas para la recepción de la denuncia, la atención que debe brindarse a denunciantes menores de edad, las condiciones imperantes en la investigación preliminar y el modo de actuar en los allanamientos. Además da instrucciones precisas acerca de qué tipo de dispositivos electrónicos deben secuestrarse, cómo manipularlos para evitar pérdida de información y de qué forma garantizar una cadena de custodia que reduzca las posibilidades de futuras nulidades en el marco de la causa judicial.

Además, indica que el trabajo judicial debe realizarse sobre copias del material obtenido, procurando preservar el original de manera inalterable y puntualiza cuál es la prueba que puede ser susceptible de secuestro entre la que nombra los chats y blogs, juegos infantiles o de contenido sexual, registro de actividad en internet y directorios de archivos encriptados. Agrega cualquier tipo de papel que contenga contraseñas anotadas, notas y manuales.

Entre otros aspectos, el protocolo destaca que para llevar adelante este tipo de casos, los fiscales podrán hacer uso de los medios de investigación dependientes de la Procuración General y requerir, de ser necesario, la colaboración con agencias provinciales, nacionales o internacionales especializas en la materia.

Confirman prisión preventiva de un sujeto condenado por abusos y abandono seguido de muerte

Un juez revisor de General Roca confirmó la prisión preventiva de Marcos Nicolás González, que días atrás fue declarado culpable de los delitos que causaron la muerte de una niña de tres años de Lamarque. Luego de la impugnación impulsada por la defensa, el juez revisor Gastón Martín ratificó que la detención cautelar del acusado tiene vigencia hasta el 6 de noviembre y que se mantiene latente el riesgo procesal de fuga.

El juicio oral semipresencial contra González se realizó en el auditorio de la Ciudad Judicial de Roca entre el 27 de julio y el 18 de agosto. Tras escuchar a más de 30 testigos, el Tribunal por unanimidad lo declaró culpable de todos los cargos.

En mitad del juicio, previendo un posible vencimiento del plazo máximo legal de la prisión preventiva que cumplía el imputado, la Fiscalía solicitó al Tribunal una prórroga de la detención. El Tribunal de Juicio, por mayoría, interpretó que la prórroga no era necesaria porque la detención cautelar no vencería hasta noviembre, en función de la suspensión de plazos procesales derivada de la feria judicial extraordinaria por la pandemia.

La medida fue atacada por la defensa y el planteo llegó al Tribunal de Impugnación, que días atrás remitió el caso al Foro de Jueces de Roca para su resolución. En cumplimiento de ese envío el juez Martín evaluó y finalmente rechazó los cuestionamientos del defensor.

“Esta feria extraordinaria ha impedido la realización del juicio, fijado para el mes de marzo, y ha sacado al proceso de su faz dinámica, y tiene como consecuencia el no conteo de los plazos procesales, incluido el de la prisión preventiva”, argumentó el juez en su resolución, dictada el miércoles por la tarde, en una audiencia realizada mediante la plataforma Zoom.

Riesgo de fuga

El juez revisor también declaró vigente el riesgo procesal de fuga que justifica la prisión preventiva del imputado. En ese sentido, señaló que el pasado 18 de agosto, por unanimidad, el Tribunal de Juicio declaró culpable a González “de un concurso de delitos que importan en abstracto una elevada pena de prisión, lo cual podría eventualmente sustraer al sujeto del proceso, dándose a la fuga”.

En rigor, González fue declarado culpable de los delitos de “lesiones leves calificadas por violencia de género, reiteradas en un número indeterminado de veces; abuso sexual gravemente ultrajante, reiterado, doblemente calificado por el vínculo y por la convivencia preexistente; corrupción de menores agravada por la edad de la víctima y por ser el autor persona conviviente y guardador; desobediencia a una orden judicial y abandono de persona seguida de muerte”.

El 7 de septiembre se realizará la audiencia de cesura, donde el Tribunal analizará el monto de la pena de prisión que le corresponde cumplir al imputado por los delitos acreditados.

Fuentes: Ministerio Público Fiscal y Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

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