Confirman sentencia contra concesionaria por vehículo cero km que registró fallas mecánicas

 

La Cámara de Apelaciones en lo Civil de Cipolletti rechazó un recurso interpuesto por la empresa demandada Iruña SA y confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó pagar a un cliente $363.500 más intereses por las fallas de un 0km.

El cliente adquirió un vehículo Gol Trend cero kilómetro, pero el mismo día de la entrega (el 27 de julio de 2012) comenzó a tener problemas mecánicos y tuvo que llevarlo en varias oportunidades al servicio mecánico de Iruña. El fallo condenó a Iruña SA y a Volkswagen Argentina S.A a pagarle a un usuario la suma de 363.500 pesos.

El juez civil Marcelo Gutiérrez, al abordar el recurso de apelación, afirmó que el proceder desplegado fue claramente alejado de la razonabilidad y ciertamente despreciativo, sumiendo al consumidor en una situación “descalificante, injusta e indigna”.

“Valga recordar que los artículos 1094 y 1095 del CCCN, en consonancia con el artículo 37 y ccdtes. de la Ley de Defensa del Consumidor establecen que las normas reguladoras de las relaciones de consumo deben ser aplicadas e interpretadas en función de la protección del consumidor, y también que el contrato se meritúa en el sentido más favorable para el antedicho”, dice el fallo.

El juez de primera instancia  consideró que el afectado estuvo 1254 días sin la posibilidad de disponer de su vehículo.

Al momento de interponer la demanda por daños y perjuicios, el cliente consignó que llevó cinco veces el vehículo al taller oficial. Se lo entregaron el 27 de julio de 2012. El 18 de septiembre ingresó por una pérdida de líquido hidráulico. EL 15 de octubre ingresó nuevamente por la misma falla. El 4 de abril de 2013 tuvo que llevarlo otra vez por lo mismo.

Posteriormente, el 5 de junio de 2013, mediante orden de reparación 271869 ingresó al servicio técnico por luz de check encendida y falla. Finalmente, en fecha 17 de julio de 2013, mediante orden 273406 ingresó al servicio técnico de Iruña por agua en la bujía y hasta la fecha de la interposición de la demanda la unidad aún no le había sido entregada.

La demandada contestó que el vehículo se encontraba listo para ser retirado pero el cliente no quiso ir a buscarlo.

El propietario, por su parte, se presentó con un escribano en la sede de Iruña y constató que el vehículo se encontraba allí pero claramente en un estado que no es el que cualquier cliente espera. Consignó que a simple vista se advertían daños como por ejemplo le faltaba el logo en el frente y la patente.

“Evidentemente no se encontraba en condiciones para ser retirado”, dice el fallo de primera instancia. El usuario recién pudo hacerse de su vehículo el 27 de diciembre de 2017 a pesar de las condiciones en las que se encontraba.

 

 

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