Anulan sobreseimiento judicial a automovilista que atropelló y mató a un nene

 

 

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia emitida por la Sala A de la Cámara en lo Criminal de Viedma,  que revocó el sobreseimiento que en primera instancia se había dictado a una mujer por el delito de homicidio culposo a raíz de un siniestro de tránsito ocurrido el 4 de agosto de 2014 en el barrio Ceferino y la muerte de un menor.

Ese día, aproximadamente a las 21, Hilda Pailemán -según la imputación- conducía un Ford Ka por calle Las Heras, entre Estados Unidos y Honduras, cuando embistió al menor Franco Salicioni, causando su muerte.

En primera instancia, la automovilística fue sobreseida, pero tras una apelación realizada por la querella, la sala A de la Cámara en lo Criminal revocó esa decisión y ordenó regresar el expediente al Juzgado de origen para continuar con la investigación. Ahora, el Superior Tribunal de Justicia respaldó este último fallo.

Oportunamente, en la sentencia la Cámara aseguró que “el conducir con imprudencia implica una infracción a la conducción responsable, y si bien Paileman conducía a una velocidad permitida la zona por la que transitaba requiere de mayor atención, prudencia y cuidado por ser una zona de la ciudad densamente poblada”.

Por su parte, el juez Enrique Mansilla argumentó que “la decisión revocatoria tiene por fundamento el recurso de apelación correctamente introducido por la parte querellante, lo que surge no solamente de la parte resolutiva sino de las consideraciones previas. De tal modo, es inaplicable al caso la doctrina legal vinculada con la errónea actuación de la acusación pública. Todo lo anterior implica el rechazo del remedio de hecho por inhabilidad formal, dado que no se observa una excepción al criterio general expuesto”.

 

 

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