Piden ocho años de cárcel para sujeto acusado de matar a su propio padre

 

Se realizaron en Bariloche los alegatos en el juicio iniciado contra Miguel Ángel Huenuqueo Rojo, acusado del delito del homicidio agravado por el vínculo de su padre biológico, Amador Huenuqueo. Los representantes del Ministerio Público Fiscal y de la defensa expusieron acerca del caso juzgado, cuya sentencia definitiva se conocerá el 15 de este mes.

En primer término, el fiscal de Cámara Martín Lozada solicitó ocho años de prisión para el sujeto por considerarlo autor planamente responsable del homicidio de su padre. No obstante, aclaró que “existieron circunstancias extraordinarias de atenuación que determinaron la cantidad de años solicitados como pena”.

Expresó Lozada que “si bien quedó claramente determinada la autoría material del hecho y que el joven tuvo capacidad para comprender la culpabilidad del acto y dirigir sus acciones, considero que se trata de una culpabilidad disminuida”.

“El imputado, sin ser inimputable, sufre una cierta disminución de sus facultades cognitivas a partir de las características psicosociales que rodearon su vida que incluyen situaciones de abandono y adicción. Además, cuenta con una escasa instrucción y, según los informes médicos, es sumamente impulsivo y tiene cierta deficiencia para controlar sus impulsos”.

¿Qué dijo la defensa?

Romina Martini respondió en su alegato lo dicho por Lozada y pidió la absolución del joven por considerar que actuó en legítima defensa en el marco de una agresión que previamente le realizara su padre.

“Un caso se prueba, no se compone, y este caso no está probado”, dijo Martini, y ejemplificó explicando que no hallaron sangre humana en el que, presuntamente, sería el cuchillo homicida.

“Lo que se encuentra realmente probado tanto por las declaraciones del imputado y las de su madre, únicas personas presentes en el hecho, así como por el desorden encontrado en el lugar, es que precedió a la muerte una pelea entre ambos”, iniciada por la mencionada agresión del padre hacia su hijo. No obstante puede considerarse que hubo un exceso de legítima defensa de la que da cuenta la diferencia de las lesiones que presentaban ambos hombres, ya que en uno de ellos éstas fueron mortales”.

Por esto, y en función del estado de impulsividad que certificaron dos diferentes peritos en el debate, la defensora oficial argumentó tal exceso en las declaraciones médicas que dan cuenta de una personalidad con un alto grado de impulsividad que no permiten concluir en si realmente tenía intención de matar o, en el marco de una acción, no pudo controlar voluntariamente sus actos.

 

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