Más subsidios oficiales a clubes y municipios. Amplían plazos para rendir aportes

 

A los subsidios otorgados por el gobierno de Río Negro por $1.150.000 a dos entidades deportivas de Villa Regina y General Roca y por $8.033.810 al Consorcio Salto Ándersen, de Riego y Drenaje, de Río Colorado, para financiar el déficit previsto para el actual ejercicio presupuestario, se sumaron otros aportes no reintegrables.

En el caso de la Asociación Civil Club Atlético Regina, recibirá un aporte no reintegrable por $500.000 para la construcción de un albergue, mientras que la Asociación Club Atlético y Social Argentinos del Norte, de General Roca, cobrará $600.000.

No está oficialmente consignado el destino de ese monto de dinero y, en cambio, figura el requerimiento efectuado por la presidenta de la institución, Tania Lastra, legisladora de JSRN.

A continuación los decretos gubernamentales publicados el lunes pasado, incluyendo aportes oficiales efectuados a otras entidades y dos municipalidades, como también ampliaciones de plazos a otros tantos municipios para regularizar las rendiciones de subsidios otorgados.

DECRETO Nº 289.- 09-04-2018.- Otórgase un Aporte no Reintegrable por la suma de Pesos Quinientos Cincuenta Mil con 00/100 ($ 550.000,00), pagaderos en cuatro (04) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de

Pesos Ciento Treinta y Siete Mil Quinientos con 00/100 ($ 137.500,00 c/u), a favor de la Asociación Civil Club Atlético Regina, de la ciudad de Villa Regina. (C.U.I.T. N° 30-67278754-4), Personería Jurídica N° 20, destinado a solventar los gastos que demande la construcción de un albergue, necesario para las actividades que lleva adelante la Institución.- Expte. Nº 73155-SD-2.016.

DECRETO Nº 290.- 09-04-2018.- Otorgar un aporte no reintegrable por la suma de Pesos Seiscientos Mil ($ 600.000,00) pagaderos en 3 (tres) cuotas iguales y consecutivas a partir de marzo de 2018 de Pesos

Doscientos Mil ($ 200.000,00) cada una, a favor de la Asociación Club Atlético y Social Argentinos del Norte (CUIT N° 30-68955638-4), con asiento en la Ciudad de General Roca, solicitado por su Presidente, Sra. Tania Tamara Lastra (CUIL N° 23-22449621-4).- Expte. Nº 020165-A-2.018.

DECRETO Nº 291.- 09-04-2018.- Aprobar la rendición del aporte no reintegrable otorgado a favor del Municipio de Ingeniero Huergo para ser distribuido entre productores afectados por granizo, por la suma de Pesos Un Millón Setecientos Noventa y Cuatro Mil Ciento Ochenta y Uno ($

1.794.181,00) los cuales fueron invertidos, la suma de Pesos Un Millón Seiscientos Ochenta y Cinco Mil Ochocientos Cincuenta y Dos (1.685.852,00) distribuido entre los productores afectados por granizo, la suma de Pesos Veintitres Mil Seiscientos Noventa ($ 23.690,00) pagado a la Cámara de Productores y la suma de Pesos Ochenta y Cuatro Mil Seiscientos Treinta y Nueve ($ 84.639,00) invertido en el mantenimiento de los caminos rurales.- Expte. Nº 139.079-SD-2.012.

DECRETO Nº 292.- 9-04-2018.- Otorgar un aporte no reintegrable por la suma de pesos ocho millones treinta y tres mil ochocientos diez ($ 8.033.810,00) a favor del Consorcio Salto Ándersen, de Riego y Drenaje, Cuit Nº 30-66416740-5, con el objeto de financiar el déficit previsto para el ejercicio en curso.- Expte. Nº 69.540-IGR-1993.

DECRETO Nº 294.- 9-04-2018.- Otorgar un aporte no reintegrable por la suma total de pesos doscientos mil con 00/100 ($ 200.000,00), a favor de la Municipalidad de Coronel Belisle, destinado a afrontar los gastos que demandó la organización de los festejos del Aniversario de la localidad.- Expte. Nº 145056-G-17.

DECRETO Nº 295.- 9-04-2018.- Otorgar a la Municipalidad de Comallo, de la Provincia de Río Negro, una ampliación de plazo a partir de la firma del presente Decreto, para regularizar las rendiciones pendientes de subsidios y aportes no reintegrables otorgados por el Poder Ejecutivo Provincial, por el término de cuarenta y cinco (45) días hábiles, conforme a la normativa vigente en materia de subsidios y aportes no reintegrables establecidos en el Art. 4º del Decreto Nº 134/10, Decretos Nº 229/13, Nº 350/16 y 1576/16, así como en las diversas normas particulares existentes en los distintos Organismos del Poder Ejecutivo Provincial, que regulan en ambos casos el otorgamiento y rendición de subsidios y aportes no reintegrables, por las cuales se sujetan los Municipios.- Expte. Nº 79.277-G-18.

DECRETO Nº 296.- 9-04-2018.- Otorgar a la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, de la Provincia de Río Negro, una ampliación de plazo a partir de la firma del presente Decreto, para regularizar las rendiciones pendientes de subsidios y aportes no reintegrables otorgados por el Poder Ejecutivo Provincial, por el término de cuarenta y cinco (45) días hábiles, conforme a la normativa vigente en materia de subsidios y aportes no reintegrables establecidos en el Art. 4º del Decreto Nº 134/10, Decretos Nº 229/13, Nº 350/16 y 1576/16, así como en las diversas normas particulares existentes en los distintos Organismos del Poder Ejecutivo Provincial, que regulan en ambos casos el otorgamiento y rendición de subsidios y aportes no reintegrables, por las cuales se sujetan los Municipios.- Expte. Nº 79.283-G-18.

Ayer, fue confirmado oficialmente un subsidio de $1.000.000 para valorizar los efluentes de la industria cervecera

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