Plan Rionegrino de Inclusión Laboral pagará de $2.000 a $5.000 por capacitación

 

Una parte del decreto 200, difundido este lunes 16, que aprobó el Programa Rionegrino de Inclusión Laboral (PRIL), detalla la asignación estímulo mensual, de carácter económico y no remunerativo, que aportará el Ministerio de Desarrollo Social de Río Negro, la cual será depositada en la entidad bancaria correspondiente.

El monto variará según la cantidad de horas semanales de entrenamiento recibidas por cada destinatario, resultando la siguiente escala:

– Procesos de formación y capacitación de 10 horas reloj

semanales: $ 2.000.

– Procesos de formación y capacitación de 15 horas reloj

semanales: $ 3.500.

– Procesos de formación y capacitación de 20 horas reloj

semanales: $ 5.000.

Fundamentaciones del PRIL

Oficialmente se considera necesario que el Ministerio de Desarrollo Social de Río Negro formule e implemente una nueva política social destinada a la inclusión laboral de las personas que se encuentran en situación de desempleo.

“El Programa Rionegrino de Inclusión Laboral (PRIL) está destinado a tal fin y se complementará con otras prestaciones ejecutadas en la órbita de esta cartera. Tal es el caso del Programa Emprender, que brinda capacitación en oficios laborales a través de talleres, el Fondo Solidario de Asistencia a Desocupados y el Programa Creer y Crear, que financian microempren- dimientos y proyectos productivos”.

“El PRIL puede, eventualmente, aportar el ámbito donde destinatarios del Programa Emprender pongan en práctica las capacidades y saberes adquiridos en los talleres. Mientras que los microemprendimientos y proyectos productivos son en sí mismo potenciales ámbitos de formación y entrenamiento laboral para sus destinatarios”.

Los ambientes de trabajo donde los destinatarios del PRIL recibirán sus procesos de formación y entrenamiento laboral serán empresas o empleadores privados, municipios, cooperativas e instituciones sin fines de lucro. Con esto no solo se promueve la inclusión laboral, sino que también aparecen otros aspectos positivos:

– Las empresas grandes tienen la posibilidad de formar y entrenar personas que, a futuro, pueden llegar a formar parte de la planta de recursos humanos, de acuerdo a sus necesidades y en sintonía con los objetivos perseguidos.

– Lo anterior también sucede en el caso de que se trate de empresas medianas, pequeñas o pymes, cooperativas o instituciones sin fines de lucro. Además, redunda en el fortalecimiento organizacional.

Por último, dado que lo laboral se relaciona con múltiples aspectos de la vida social, se prevé articular con todas las áreas y organismos gubernamentales con incumbencias en la materia, a los efectos de implementar una política de carácter integral que contribuya a alcanzar los objetivos propuestos.

 

  1. Objetivos generales

 

  • Generar la inclusión laboral de personas en situación de desempleo que habitan el territorio de la Provincia de Río Negro.

 

Objetivos específicos

 

  • Facilitar a los destinatarios del programa el acceso a ambientes de trabajo en Empresas, Cooperativas, Municipios, Comisiones de Fomento, Instituciones Gubernamentales e Instituciones sin Fines de Lucro.

 

  • Posibilitar la realización de procesos de formación y entrenamiento laboral que permitan a los destinatarios del Programa el desarrollo de conocimientos, habilidades y competencias.

 

  • Brindar a los destinatarios una asignación monetaria que opere de estímulo y a su vez como paliativo de la situación atravesada.
  • Implementar una política integral de inserción laboral, complementando y articulando acciones con los demás programas y líneas de acción del Ministerio orientadas en tal sentido.

 

  • Promover la recualificación de competencias laborales que se han tornado obsolescentes ante el avance de los progresos tecnológicos en el ámbito productivo.

 

  • Propiciar el fortalecimiento organizacional de las Empresas, Cooperativas e Instituciones sin Fines de lucro, Municipios, Comisiones de Fomento e Instituciones Gubernamentales que adhieran al Programa.

 

Población objetivo

 

Personas mayores de 18 años y hasta la edad de jubilación o percepción de la Pensión Universal para Adultos Mayores, en situación de desempleo, que habiten el territorio de la Provincia de Río Negro.

 

.Autoridad de aplicación

 

La autoridad de aplicación será el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Río Negro, a través de la Subsecretaría de Promoción y Protección de Derechos Sociales que funciona bajo su dependencia.

 

En dicha Subsecretaría funcionará el equipo técnico del Programa. el cual será de carácter interdisciplinario, integrado por profesionales técnicos (detrabajo social, psicopedagogía, ciencia política, entre otras disciplinas) y administrativos.

 

El equipo técnico tendrá como función receptar la documentación de las personas inscriptas y los proyectos remitidos por las delegaciones ministeriales, centros administrativos provinciales y oficinas de empleo municipales, para efectuar la posterior evaluación de admisión y/o aprobación, según sea el caso.

 

Otra de las funciones del equipo será brindar asesoramiento y asistencia técnica en la formulación de proyectos a las Empresas, Empleadores Privados, Cooperativas, Instituciones sin Fines de Lucro, Municipios, Comisiones de Fomento y Organismos que pretendan adherir al PRIL.

Una vez admitidas las personas como destinatarias del Programa y/o aprobados los proyectos, se procederá a caratular los expedientes correspondientes. También será el equipo técnico del Programa el encargado de recibir los formularios de baja de destinatarios y realizar la carga correspondiente.

Se podrá solicitar el asesoramiento y/o asistencia técnica de la Secretaría

de Estado de Trabajo de la Provincia, en lo atinente a la inspección y

monitoreo de los ambientes de trabajo donde los destinatarios reciben su

proceso de formación y entrenamiento laboral, y acerca de otros aspectos

relevantes, tales como evaluaciones parciales de la evolución del Programa,

seguimiento, evaluaciones de impacto, etc.

 

El equipo técnico deberá llevar un registro de las empresas y entidades

participantes del Programa y sistematizará, procesará y analizará la

información que surja de la implementación, como medio de revisión de las

intervenciones y prácticas, y en pos de generar datos que permitan atender

problemas o temáticas que se tornen visibles.

 

Asimismo, la Subsecretaría de Promoción y Protección de Derechos

Sociales estará facultada para realizar, en el marco del Programa, las

articulaciones institucionales que considere pertinentes para alcanzar el mejor nivel de implementación de la política.

 

En este sentido, podrá articular acciones, entre otros organismos

provinciales con incumbencias en la materia, con:

– Ministerio de Economía.

– Inspección General de Personas Jurídicas.

– Dirección de Cooperativas y Mutuales.

Los mismos serán de suma importancia para difundir el Programa entre

las potenciales Empresas, Cooperativas e Instituciones adherentes.

  1. Ámbito de implementación

Todo el territorio de la Provincia de Río Negro.

  1. Marco operativo

Los destinatarios del PRIL recibirán procesos de formación y

entrenamiento en ambientes de trabajo de Empresas, Empleadores Privados,

Municipios, Comisiones de Fomento, Instituciones Gubernamentales,

Cooperativas e Instituciones sin Fines Lucro.

 

Los procesos de formación y capacitación en ambientes de trabajo podrán

tener una duración de dos (2), tres (3) o cuatro (4) horas diarias, no pudiendo

superar las veinte (20) horas reloj semanales para cada destinatario. El

período de duración del acuerdo sera por el término de seis (6) meses

prorrogable automáticamente por un nuevo y único período de seis (6)

meses, salvo que alguna de las partes rescinda el mismo.

 

Los destinatarios percibirán una asignación estímulo mensual de carácter económico y no remunerativo, aportada por el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Río Negro, la cual será depositada en la entidad bancaria correspondiente. La misma variará según la cantidad de horas semanales de entrenamiento recibidas por cada destinatario, resultando la siguiente escala:

– Procesos de formación y capacitación de diez (10) horas reloj

semanales: Pesos dos mil ($ 2.000).

– Procesos de formación y capacitación de quince (15) horas reloj

semanales: Pesos tres mil ($ 3.500).

– Procesos de formación y capacitación de veinte (20) horas reloj

semanales: Pesos cinco mil ($ 5.000).

 

En cuanto a los seguros, el Ministerio de Desarrollo Social de la Provin-

cia de Río Negro contratará un Seguro de Accidentes Personales a favor de

cada uno de los destinatarios y destinatarias del Programa que reciban sus

procesos de entrenamiento en Cooperativas, Municipios, Comisiones de

Fomento, Instituciones Gubernamentales e Instituciones sin Fines de Lucro.

En tanto las Empresas y/o Empleadores Privados contratarán los Seguros

de Accidentes Personales de los destinatarios que reciban entrenamiento en

su ámbito.

Al finalizar sus respectivos procesos de formación y entrenamiento en

ambientes de trabajo, los destinatarios recibirán una certificación firmada

por los funcionarios ministeriales responsables del PRIL y el Empleador

Privado o representante de la Empresa, Cooperativa, Institución sin Fines

de Lucro, Municipio, Comisión de Fomento o Institución Gubernamental,

que acredite los conocimientos adquiridos.

6.1. Condiciones de acceso

Los destinatarios accederán al Programa por dos vías.

  1. a) Podrán inscribirse personalmente en las Delegaciones del Ministerio

de Desarrollo Social asentadas en el territorio provincial. En el caso de

localidades y parajes donde no existan dependencias de este organismo

podrán efectuarla a través de los centros administrativos provinciales,

oficinas de empleo municipales o comisiones de fomento.

El ingreso al programa es compatible con el usufructo de:

– Pensiones no contributivas;

– Prestaciones sociales de los Ministerios de Desarrollo Social de la

Provincia y la Nación;

– Monotributo Social;

– Monotributo hasta la Categoría B;

– Asignación Universal por Hijo;

– Programa PROGRESAR.

– Prestaciones de programas del Ministerio de Trabajo, Empleo y

Seguridad Social de la Nación.

Los requisitos de acceso son:

– Residir en la Provincia de Río Negro, acreditando domicilio mediante

presentación de D.N.I.;

– Completar los formularios de inscripción al programa;

– Presentar originales y copias de D.N.I. y Constancia de CUIL;

– Presentar Constancia de Desempleo;

– Declaración Jurada;

– Informe Social confeccionado y firmado por trabajador/a social

matriculado/a.

– Presentar Curriculum Vitae o certificación y/o constancia que acredite

conocimiento y/o formación en algún rubro.

  1. b) Las Empresas o Empleadores Privados, Cooperativas, Municipios,

Comisiones de Fomento, Instituciones Gubernamentales e Instituciones

sin Fines de Lucro podrán adherir al Programa por medio de la

presentación de proyectos o mediante solicitud formal de

incorporación de postulantes a destinatarios del mismo. En ambos

casos deberán completar y entregar los formularios pertinentes para

esta vía de acceso.

Los proyectos deben ser acompañados de nota de solicitud y

documentación de potenciales destinatarios que pretendan desarrollar

sus procesos de formación y entrenamiento laboral en la organización

presentante. La documentación, las compatibilidades y los requisitos

de acceso son los mismos que los mencionados en el punto a) del

presente apartado.

Estos proyectos deberán presentarse en las delegaciones del Ministerio

de Desarrollo Social, centros administrativos provinciales, oficinas de

empleo municipales y comisiones de fomento para su posterior remisión

al equipo técnico de la Subsecretaría de Promoción y Protección de

Derechos Sociales.

Asimismo, los destinatarios, Empresas, Empleadores, Cooperativas e

Instituciones sin Fines de Lucro, Municipios, Comisiones de Fomento

e Instituciones Gubernamentales deberán presentar en estos organismos

las notas informando la finalización de los procesos de formación y

entrenamiento y las de eventuales bajas que se produzcan.

  1. Condición Jurídica de los Destinatarios

La condición de Destinatarios del PRIL no genera relación laboral entre

la Empresa o Empleador Privado, Cooperativas, Municipios, Comisiones de

Fomento, Instituciones Gubernamentales o Instituciones sin Fines de Lucro

donde desarrollen sus procesos de formación y entrenamiento, así como

tampoco entre los destinatarios del Programa y el Poder Ejecutivo de la

Provincia.

Sin perjuicio de ello, la Empresa, Empleador Privado, Cooperativa,

Municipio, Comisión de Fomento, Institución Gubernamental o Institución

sin Fines de Lucro podrá iniciar durante el período de formación y

entrenamiento, o posterior a su finalización, una relación laboral con el

destinatario.

 

 

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